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Servicio WiFi a redes privadas de personas naturales.

Cliente: Personas naturales.

Descripción:

Ofrece acceso a usuarios de redes privadas de personas naturales, a los servicios y contenidos de la red Joven Club, mediante conexión WiFi, existente en las instalaciones y sitios creados con infraestructura de  Joven Club.

Los clientes naturales, siempre que cumplan los requerimientos establecidos en las regulaciones existentes en materia de redes inalámbricas, podrán acceder a los servicios y contenidos de la red WiFi de Joven Club.

Los servicios a los que se puede acceder mediante WiFi son:

  1. Mensajería instantánea
    Permite la comunicación e interacción  mediante el acceso a chat, foros y otros de este tipo.
  2. Correo electrónico nacional
    Brinda al cliente la posibilidad de contar con una cuenta de correo electrónico, la que permite la  comunicación por esta vía entre los clientes con dominio cubava.cu de la red propia de Joven Club y para su utilización en los productos y servicios que esta ofrece.
  3. Juegos en red
    Permite acceder a los juegos hospedados en la plataforma de videojuegos Ludox
  4. Navegación para acceder a los productos digitales propios de Joven Club
    Ofrece al cliente acceso a los contenidos web propios de Joven Club, tales como el producto Mochila, blogosfera Reflejos, sitio Estanquillo, red social La Tendedera y otros bajo el dominio.cu, debidamente autorizados.
  5. Otros debidamente autorizados.

Características de la prestación del servicio.

  1. Para conectarse a la red de Joven Club, el usuario de red privada de personas naturales, deberá  cumplir los siguientes requisitos.
    • Poseer uná licencia de una red privada o constar como usuario dentro de una licencia de red  privada.
    • Poseer un sitio con infraestructura de conexión inalámbrica de Joven Club para conectarse.
    • Tener una cuenta de servicios de Joven Club, habilitada para el servicio WiFi.
  2. Para conectarse a la red WiFi, se empleará un Portal Cautivo, al cual se podrá acceder mediante la dirección  acceso.jovenclub.cu,  que  conectado al  SISCAE, una  vez  se  autentique el usuario, podrá  acceder a los servicios y productos, accediendo a la página clientes.jovenclub.cu.
  3. Para habilitarse la  cuenta para el servicio WiFi, el usuario podrá realizarlo de dos (2) formas:
    • En la instalación, donde el usuario tendrá que mostrarle al instructor todos los datos que solicita el sistema para su registro.
    • Mediante la web, donde el propio usuario podrá solicitar crearse la cuenta o habilitársela, brindando la información solicitada por el sistema y los responsables designados por Joven Club, deberán autorizar o no la solicitud.
  4. Una vez que el cliente tenga creada su cuenta de usuario en SISCAE, tendrá acceso a una cuenta de correo electrónico, mediante la cual podrá comunicarse utilizando la red propia de Joven Club, con dirección de correo: usuario-de-SISCAE@cubava.cu, que estará disponible accediendo desde la dirección correo.cubava.cu
  5. Mediante su correo personal, el cliente recibirá notificaciones del sistema, correspondiente a su cuenta de usuario.
  6. Mediante este servicio, el cliente puede acceder a los servicios y contenidos, utilizando su cuenta  privada e intransferible para consumir los servicios de Joven Club.
  7. Los servicios y contenidos a los que podrá acceder el cliente son:
    • Producto audiovisual  Mochila
    • Estanquillo
    • Portal de videojuegos Ludox
    • Blogosfeia Reflejos
    • Red Social Tendedera
    • TeamSpeak
    • Sitio de noticias deportivas Notigol
    • Otros servicios y contenidos debidamente autorizados
  8. El cliente para disfrutar, firmará contrato con Joven Club por cada sitio que tenga autorizado por la UPTCER para conectarse a Joven Club y, en consecuencia, deberá abonar por cada uno de esos contratos, el monto correspondiente a la tarifa autorizada para el servicio.
  9. El cliente dispondrá de un servicio de mensajería instantánea a través de la dirección chat, cubava.cu, al que podrá acceder con su cuenta de usuario.
  10. Los instructores de las instalaciones, los Directores Municipales y los Consejos de Dirección Provinciales velan por la calidad del  servicio, la respuesta a las solicitudes de los clientes y por el aseguramiento de las condiciones en la infraestructura.
  11. Los servicios serán monitoreados por las personas designadas para ello, incluyendo el grupo de colaboradores del  servicio WiFi que coordina el Palacio Central de Computación.
  12. En el resto del país, los especialistas que tienen entre sus funciones administración de la red y los  que tienen entre sus funciones velar por la seguridad informática, participan en el aseguramiento  ante cualquier dificultad técnica con él servicio en su territorio.
  13. Cumplir con lo establecido en el procedimiento p-201-01-20 para la comercialización de servicios y productos a personas naturales.
  14. El pago del servicio se realizará utilizando las pasarelas de pago electrónicas existentes en el país.
  15. Cumplir las disposiciones, cambios o midificaciones que sobre este servicio se adopten por la Dirección Nacional, el Ministerio de Comunicaciones y otros organimos facultados


Servicio WiFi a redes privadas de personas naturales.

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